Resolución 1361/2025: suspensión de contratos desde enero 2026

Desde el 15 de enero de 2026, la Resolución 1361/2025 del MTESS regula los procedimientos de suspensión de contratos de trabajo en Paraguay. El cambio más importante es que la suspensión no es un despido: el trabajador conserva su antigüedad, sus vacaciones acumuladas y su puesto. Lo que cambia es el ingreso durante el período suspendido, y eso hay que entenderlo bien antes de firmar cualquier acuerdo.
Qué es la suspensión de contrato y en qué se diferencia del despido
La suspensión es una interrupción temporal de la relación laboral por mutuo acuerdo entre empleador y trabajador, o por causales específicas definidas por ley. Durante la suspensión:
- El contrato sigue vigente.
- El empleado conserva su antigüedad y sus derechos laborales acumulados (vacaciones, bonificaciones).
- El puesto de trabajo se mantiene reservado.
- Lo que se interrumpe es la obligación de prestar servicios y, generalmente, el pago del salario completo (dependiendo de la causal y el acuerdo).
En cambio, el despido extingue la relación laboral. Un trabajador despedido sin causa tiene derecho a indemnización. Un trabajador suspendido no pierde esos derechos, pero tampoco cobra indemnización al final de la suspensión si regresa al trabajo.
Causales de suspensión según la Resolución 1361/2025
La Resolución establece dos tipos de causales:
Causales que solo requieren registro (REOP): son situaciones reconocidas por ley donde la empresa puede suspender con previo aviso y registro en el sistema del MTESS. No necesitan evaluación previa del Ministerio.
Causales que requieren evaluación del MTESS: casos donde la suspensión se origina en situaciones más complejas o donde hay mayor riesgo de uso indebido del mecanismo. El MTESS tiene que aprobar el proceso antes de que entre en vigor.
Para el trabajador, la distinción práctica es: si te presentan un acuerdo de suspensión, preguntá a cuál causal corresponde y si ya fue registrado o está en evaluación por el MTESS. Si el empleador no puede explicarlo con claridad, es una señal de alerta.
El REOP: qué es y para qué sirve
El REOP (Registro de Establecimientos y Operaciones de Personal) es la plataforma digital del MTESS donde los empleadores deben registrar movimientos de personal, incluyendo las suspensiones. Desde la vigencia de la Resolución 1361/2025, el trámite de suspensión debe gestionarse por ese canal.
Para el trabajador, esto tiene una implicación útil: si tenés dudas sobre si tu suspensión fue correctamente registrada, podés consultar con el MTESS. La falta de registro puede afectar el cómputo de tu antigüedad y tus derechos al reincorporarte.
Qué derechos conservás durante la suspensión
| Derecho | ¿Se conserva durante la suspensión? |
|---|---|
| Antigüedad laboral | Sí — el tiempo de suspensión cuenta para efectos de antigüedad |
| Vacaciones acumuladas | Sí — no se pierden |
| Puesto de trabajo | Sí — el empleador no puede cubrirlo permanentemente durante la suspensión |
| Salario completo | Depende de la causal y el acuerdo — puede reducirse o suspenderse |
| Cobertura IPS | Depende del tipo de suspensión — verificar con el empleador qué pasa con los aportes |
Cómo debe ser el acuerdo de suspensión: lo que tenés que revisar antes de firmar
Si tu empleador te propone firmar un acuerdo de suspensión, revisá que el documento incluya:
- Fecha de inicio y fecha estimada de fin de la suspensión (o condición que la levanta).
- La causal invocada.
- Qué pasará con tu salario durante ese período (pago parcial, pago completo, o sin pago según causal).
- Si los aportes al IPS continuarán o no durante la suspensión.
- La confirmación de que el puesto se mantiene reservado.
No firmes ningún documento que no entiendas completamente. Si tenés dudas, podés consultar gratuitamente en la Dirección de Relaciones Laborales del MTESS antes de firmar.
Dónde reclamar si no se respetan tus derechos
Si considerás que la suspensión no fue correctamente procesada, que el empleador no respetó los plazos, o que usó la suspensión de manera encubierta como despido, podés:
- Presentar una denuncia ante el MTESS (oficinas centrales en Asunción: Iturbe esq. Tte. Coronel González).
- Solicitar una mediación laboral gratuita a través del MTESS.
- Consultar con un abogado laboral si la situación es compleja o si hay montos significativos en juego.
El plazo de prescripción para reclamar diferencias salariales y derechos laborales en Paraguay es de dos años desde que ocurre el hecho. No dejes pasar ese tiempo sin actuar si tenés un reclamo legítimo.
Errores comunes que cometen empleadores y trabajadores con la suspensión
Desde que la Resolución 1361/2025 entró en vigor, hay patrones de confusión que vale la pena nombrar:
Del lado del empleador: no registrar la suspensión en el REOP antes de que entre en vigor, o usarla como mecanismo encubierto para reducir personal sin pagar indemnización. Si la suspensión se extiende indefinidamente y nunca hay reincorporación real, eso puede ser calificado como un despido indirecto, con las consecuencias legales correspondientes.
Del lado del trabajador: firmar el acuerdo sin leerlo bien, asumir que la suspensión implica pérdida de todos los beneficios, o no documentar el período de suspensión para efectos futuros de antigüedad. También es común no preguntar qué pasa con los aportes al IPS durante la suspensión, lo que puede generar lagunas en el historial previsional.
La clave es simple: antes de firmar, preguntá. Antes de aceptar condiciones verbales, exigí el documento escrito. Y si algo no cierra, consultá en el MTESS antes de comprometerte.
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